Resuelve tus conflictos

Rápido - sencillo- económico

En un conflicto entre dos o más personas que nos son capaces de llegar a un acuerdo se presenta un tercero mediador que no se halla comprometido con los objetivos de ninguna de las partes y facilita el proceso negociador.

Ayuda a las partes a resolver sus conflictos, prevenir situaciones conflictivas o a mejorar la comunicación y por tanto la calidad de vida de las partes.

Reduce tanto los costes emocionales como económicos que produce la práctica judicial y facilita la obtención de acuerdos.

Sirve como mecanismo de dinamización y superación de comportamientos o aptitudes violentas y pueden suponer un proceso transformativo de las personas.

La mediación se puede llevar a cabo en  Madrid y en Rivas-Vaciamadridde forma presencial, y además puede ser telemática en toda España.

 

 

 

 

En qué consiste la mediación

Medio de resolución de conflictos

Quién es la mediadora

Cristina García Fernández

Abogada con más de 13 años de experiencia en resolución de conflictos.

Mediadora certificada conforme requiere el Real Decreto 5/2012 de 6 de julio de mediación en asuntos civiles y mercantiles e inscrita en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia.

https://remediabuscador.mjusticia.gob.es/remediabuscador/DetalleMediador.action?id=138631

El mediador es una persona neutral e imparcial quien podrá realizar propuestas para resolver la controversia pero nunca tiene capacidad de resolución en el conflicto, pues son las partes quienes voluntariamente llegan al acuerdo.

 

Voluntario

La Mediación es un proceso completamente voluntario en el cual las partes deciden solicitar su inicio. 

Durante la mediación, tanto las partes como sus derechos serán debidamente informados, al igual que la naturaleza del procedimiento y las posibles consecuencias de someterse a él. 

En ningún momento se obliga a llegar a un acuerdo o a abandonar las negociaciones, dejando en manos de las partes la decisión final. 

Nuestro objetivo es brindar un servicio profesional y confiable, garantizando la credibilidad y confianza en todo momento.

 

Rápido

Es más rápido que las alternativas jurisdiccionales, que pueden demorarse años y a través de la mediación se puede solventar en unas cuantas sesiones. 

La mediación puede iniciarse tan pronto como las partes acepten y lleguen a un acuerdo, que puede ser cuestión de días. 

La Ley prevé que la mediación debe de ser lo más breve posible y en el menor número de sesiones.

Económico

La mediación es más barata porque solo participa un profesional, llamado mediador. 

Los honorarios del mediador dependerán de las horas que dedique al proceso. 

El costo de la mediación se dividirá por igual entre las partes, a menos que acuerden lo contrario, tanto si llegan a un acuerdo como si no.

Confidencial

Es fundamental mantener la privacidad en las conversaciones de negociación. 

A menos que se acuerde lo contrario, lo que se dice, se argumenta, se presenta o se admite durante la mediación no se puede utilizar en un juicio futuro. 

El mediador tiene la responsabilidad de mantener la privacidad, a menos que un juez en un caso penal lo autorice de manera explícita.

 

Eficaz

Las personas involucradas en un acuerdo son responsables de llegar a un acuerdo juntos, mostrando su propia voluntad. 

Si llegan a un acuerdo, cualquiera de las partes puede hacerlo oficial ante un Notario. 

El Notario se asegurará de que se cumplan los requisitos establecidos por la Ley de Mediación y lo hará oficial. 

Este documento será válido y se podrá hacer cumplir directamente en el Juzgado donde se firmó el acuerdo de Mediación. 

Si la Mediación comienza después de haber iniciado un proceso judicial, el acuerdo será aceptado por el Juez y tendrá suficiente validez para ser ejecutado. 

Durante el tiempo desde que se solicita la mediación hasta que se firma el acuerdo final, los plazos para tomar acciones legales se detendrán.

© Derechos de autor. Todos los derechos reservados.